Si necesita ayuda con algún tema relacionado con el Derecho Penal, especialmente en casos relacionados con drogas, nuestro Despacho en Zaragoza puede ayudarle.
Este tipo de delitos están clasificados por el Código Penal como delitos contra la salud pública (artículos 358 y siguientes). Hay que tener en cuenta que las penas tendrán mayor o menor gravedad según el tipo de droga del que se trate:
Drogas blandas: como el hachís y los opiáceos. Su consumo produce, por lo general, un efecto sedante. Se castigan con penas de uno a tres años de prisión, y una multa del tanto al duplo del valor de la droga.
Drogas duras: como la cocaína, heroína, éxtasis, LSD, etc. Sus efectos son diversos pero tienen en común que causan un grave daño a la salud. De ahí que las penas sean de tres a seis años de prisión, y multa del tanto al triplo.
Estas serían las penas en su modalidad básica, pero existen otras conductas que agravan el delito contra la salud pública. Por ejemplo:
Cuando el culpable sea un funcionario público, trabajador social, o un profesor, y se aproveche de su profesión para llevar a cabo el delito;
Cuando la droga se facilite a menores de 18 años, disminuidos psíquicos o personas en tratamiento de deshabituación
Cuando la cantidad de droga sea de notoria importancia (esta cantidad depende de cada tipo de droga);
Etc.
En estos casos, como decimos, la pena será mayor que las que hemos explicado previamente para la modalidad básica del delito.
Abogados especialistas en drogas
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